Identidad y Derechos

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Publicación informes parciales por país

  

Argentina, Marzo de 2010

Poder Ciudadano presenta, a continuación, los informes parciales de cada uno de los países, motivo de la investigación correspondiente a la metodología aplicada.

Los mismos servirán como insumo para el informe comparativo, que sintetizará las mejores prácticas detectadas, teniendo en cuenta las metas establecidas por la Resolución de la OEA.


 Bolivia

 Bolivia

 Chile

 Chile

 Costa Rica

 Costa Rica

 Nicaragua

 Nicaragua

 El Salvador

 El Salvador

  
  
  
  
  
  
  
  
  

Publicaciones


  

 Análisis de los Sistemas Documentarios en América Latina

Publicaciones 

El equipo de trabajo de Construcción de Ciudadanía, que lleva adelante esta investigación, ha elaborado el siguiente documento, que releva las principales características de los sistemas de identificación vigentes en cada uno de los países de América Latina (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela).

La revisión y edición permitió mejorar sustancialmente ese documento original, que finalmente está en condiciones de ser publicado.

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 Estudio Comparativo
de los 9 países objeto de esta investigación

El equipo de trabajo de Construcción de Ciudadanía, elaboró el siguiente estudio comparativo referido a las experiencias, avances y desafíos que llevan adelante los países estudiados sobre los sistemas de identificación vigentes en cada uno de ellos a saber: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Nicaragua y Perú.

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Países 1ª etapa

 

 Argentina                                                                               Argentina

 Colaborador : Germán Cosme Emanuele
La inscripción de nacimiento y la emisión del Documento de Identidad (DNI) dependen de dos organismos distintos. Por un lado, el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas (dependiente de los Registros Provinciales) y, por el otro, el Registro Nacional de las Personas (RENAPER), respectivamente. En el caso de la inscripción de nacimiento, el Estado Nacional garantiza su gratuidad, ya sea en caso de inscripción oportuna (antes de los 40 días de nacimiento), tardía (en el caso de nacimientos fuera de establecimientos médicos, hasta un año de acontecido) como judicial (vencidos dichos plazos). En materia de identificación, el trámite es obligatorio desde el nacimiento, sin embargo, sólo está garantizada la gratuidad del primer documento y hasta los 18 años de edad.
 Sitios Relacionados
Registro Nacional de las Personas (RENAPER)

Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC)

Informe Parcial - Argentina - Marzo 2010
 Informe parcial - Argentina - Marzo 2010

Bolivia                                                                                   Bolivia

 Colaborador : Ramiro Orias

El proceso de identificación depende de dos organismos. Por un lado, el Servicio Nacional de Registro Civil, que tiene competencia en materia de inscripción de nacimientos y, por el otro, la Dirección Nacional de Identificación Personal, organismo dependiente de la Policía Nacional Boliviana, que tiene a cargo la emisión de la cédula de identidad.
El registro y primer certificado de nacimiento es gratuito. Una particularidad del sistema boliviano es que el plazo para la inscripción oportuna de los nacimientos se extiende hasta los 12 años de vida; a posteriori y para el caso de no haberse producido el registro, se requiere realizar un trámite administrativo.
La Cédula de Identidad es obligatoria en Bolivia. A diferencia de otros países, su emisión no es gratuita, teniendo que abonar una suma determinada para su tramitación.

 Sitios Relacionados

Servicio Nacional de Registro Civil

Instituto Nacional de Estadística - INE

 
 Informe Parcial - Bolivia - Marzo 2010
 Informe parcial - Bolivia - Marzo 2010

Brasil                                                                                    Brasil

 Colaborador : Fernando Scheller

Es uno de los pocos países donde el registro civil se encuentra en la órbita del Poder Judicial, que controla la concesión de los Registros-Cartórios (nombre genérico que designa a una repartición pública o privada que tiene a su cargo la custodia de documentos), cuya gestión es privada y tiene fines lucrativos.
El proceso de registro de nacimiento y expedición del certificado correspondiente es gratuito, y los costos son cubiertos por el Estado Federal a través de mecanismos de compensaciones. El plazo para la inscripción oportuna de nacimiento es hasta los 12 años. Superado el plazo, y hasta los 18 años de edad, se requiere autorización judicial. Sin embargo, aquellas personas mayores de 18 años que no hayan sido inscriptas, pueden realizar el trámite personalmente, sin necesidad de autorización judicial, en sede administrativa.
El Documento de Identidad (Tarjeta de Identidad) es emitido por el Instituto de Identificación de la Policía Civil. Su emisión es responsabilidad de los Estados Federales y tiene validez en todo el territorio nacional. En cuanto al valor del documento, su importe no es uniforme en todo Brasil, ya que cada estado fija sus propias tasas.

 Sitios Relacionados

Cartório do Registro Civil das Pessoas Naturais

Instituto Brasileiro de Geografia y Estadística - IBGE

 Informe Parcial - Brasil - Marzo 2010
 Informe parcial - Brasil - Marzo 2010 (español)

 Chile                                                                                    Chile

 Colaborador : Mayra Feddersen Martínez

La Oficina de Registro Civil e Identificación (adscrita al Ministerio de Justicia) es el organismo encargado de administrar el registro de identidad.
La inscripción de nacimiento debe efectuarse dentro de los 30 días de producido el nacimiento por el padre, la madre o un apoderado mayor de edad. Como sucede en la mayoría de los países de la región, esta inscripción es gratuita. Superado este plazo, y hasta los 60 días del nacimiento están obligados a requerir la inscripción: un pariente mayor de 18 años, el médico o partera que haya asistido al parto, el jefe del establecimiento público o el dueño de la casa en que el nacimiento haya ocurrido, entre otros.
Al momento de la inscripción del nacimiento, se asigna el RUN (Rol Único Nacional), que es un número de identificación único con el que se identifican tanto chilenos como extranjeros residentes en el país. Cuando una persona obtiene la cédula de identidad (que es obligatoria para todas las personas mayores de 18 años), se le agrega el RUN junto con sus datos personales. Para tramitarla, el requirente debe abonar el valor del trámite.

 Sitios Relacionados

Servicio de Registro Civil e Identificación

Instituto Nacional de Estadística - INE

 
Informe Parcial - Chile - Marzo 2010
 Informe parcial - Chile - Marzo 2010

 Costa Rica                                                                          Costa Rica

 Colaborador : MSc. Evelyn Villarreal F.

El Registro Civil, que depende directamente del Tribunal Supremo Electoral, tiene a su cargo tanto la inscripción de los nacimientos como la emisión de la Cédula de Identidad. El plazo para la inscripción oportuna del nacimiento es de 17 años. Sin embargo, desde los 10 años, y hasta los 17, la inscripción no es gratuita, debiéndose abonar una suma determinada en concepto de timbres. Desde los 18 años en adelante, la solicitud debe ser presentada por la persona interesada, donde la madre debe firmar aceptando su maternidad.
Existen dos tipos de cédulas de identificación: la Tarjeta de Identificación de Menores (TIM), para los costarricenses mayores de 12 años y menores de 18 y la Cédula de Identidad, que puede solicitarse –gratuitamente- a partir de los 16 años y que es obligatoria para todas las personas mayores de 18 años de edad.

 Sitios Relacionados

Tribunal Supremo Electoral

Instituto Nacional de Estadística y Censos - INEC

 
Informe Parcial - Costa Rica - Marzo 2010
 Informe parcial - Costa Rica - Marzo 2010

 Ecuador                                                                            Ecuador

El órgano responsable del registro y acreditación de la identidad jurídica de las personas es la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación (Registro Civil), dependiente de la Vicepresidencia de la República.
La inscripción oportuna de nacimiento es gratuita (hasta los 30 días de ocurrido el nacimiento). Para el caso de inscripción tardía (hasta los 14 años de edad) se debe abonar una suma determinada por el trámite. Para las inscripciones de personas mayores de 14 años se requiere autorización judicial o administrativa, según el caso, y en el supuesto de mayores de 18 años, se debe abonar asimismo una multa equivalente al 50% del salario mínimo vital, vigente a la fecha de dicho pago. Para tramitar la primera cédula se debe abonar un costo de U$S 2 aproximadamente.

 Sitios Relacionados

Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación

Instituto Nacional de Estadística y Censos - INEC

 Informe Parcial - Ecuador - Marzo 2010
 Informe parcial - Ecuador - Marzo 2010

 El Salvador                                                                        El Salvador

 Colaborador : Carlos Ernesto Claramount

El organismo encargado del registro civil y la elaboración del Documento Único de Identidad es el Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN). Es una entidad autónoma y se encuentra en la órbita del Tribunal Supremo Electoral.
El plazo para la inscripción oportuna de nacimiento es de 15 días hábiles. Pasado este plazo, y hasta los 5 años, puede realizarse la inscripción, abonando una multa. Para la obtención de la Partida de Nacimiento, se debe abonar una tasa fijada por el Gobierno Municipal de que se trate. El valor promedio es de u$s 1,81 dólares.
El Documento Único de Identidad debe ser tramitado a los 18 años de edad y es el único documento válido para el voto.

 Sitios Relacionados

Registro Nacional de las personas Naturales (RNPN)

Dirección General de Estadística y Censos

 
Informe Parcial - El Salvador - Marzo 2010
 Informe parcial - El Salvador - Marzo 2010

 Nicaragua                                                                           Nicaragua

 Colaborador : Giselle Poveda-Monterrey

La función de registro civil es ejercida por el Consejo Supremo Electoral (CSE) a través de la Dirección del Registro Central del Estado Civil de las Personas mientras que la emisión de las cédulas se encuentra a cargo de la Comisión Nacional de Cedulación y Dirección General de Cedulación.
Las inscripciones de nacimiento se efectúan localmente, a través de los Registros Civiles de cada municipio. El plazo para la inscripción de nacimiento es de un año, y al igual que en la mayoría de los países de la región, el trámite es gratuito. Pasada esa fecha, se debe realizar otro trámite denominado “reposición de partidas de nacimiento”. Este trámite requiere resolución judicial para poder efectuar la inscripción.
Según la normativa de Nicaragua, la Cédula de Identidad es el documento que identifica a los ciudadanos para el ejercicio del sufragio y para los demás actos que se determinen legalmente. El trámite debe efectuarse una vez cumplidos los 16 años (a los 15 años se pueden iniciar lo trámites para que les sea entregada al cumplir los 16). La primera cédula es gratuita, no así, sus respectivas reposiciones.

 Stios Relacionados

Consejo Supremo Electoral (CSE)

Instituto Nacional de Estadísticas y Censos - INEC

 
Informe Parcial - Nicaragua - Marzo 2010
 Informe parcial - Nicaragua - Marzo 2010

 Perú                                                                                      Perú

 Coloaborador : Gabriel de la Cruz

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) es el organismo encargado de la identificación de los peruanos, otorgando el Documento Nacional de Identidad y registrando los hechos vitales: nacimientos, matrimonios, defunciones, etc.
La inscripción oportuna de nacimiento debe efectuarse dentro de los 30 días y la inscripción tardía, presentando la constancia de no inscripción y 2 testigos. En el supuesto de personas mayores de 18 años también se efectúa el trámite por vía administrativa. Todos los trámites de inscripción son gratuitos.
El Documento Nacional de Identidad constituye el único instrumento de identificación para los peruanos y puede solicitarse desde el nacimiento. El trámite del DNI tiene costo, dependiendo su monto del momento en que se realice la solicitud (antes de los 17, entre los 18 y 19, y después de los 20 años de edad).

 SitiosRelacionados

Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC)

Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI

 Informe Parcial - Peru - Marzo 2010
 Informe parcial - Perú - Marzo 2010

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 Costa Rica  Ecuador  El Salvador  Nicaragua  Perú

Publicación Estudio Comparativo

 

  

Argentina, Mayo de 2010


 

 Estudio Comparativo
de los 9 países objeto de esta investigación

Publicaciones 

El equipo de trabajo de Construcción de Ciudadanía, elaboró el siguiente estudio comparativo referido a las experiencias, avances y desafíos que llevan adelante los países estudiados sobre los sistemas de identificación vigentes en cada uno de ellos a saber: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Nicaragua y Perú.

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Países 2ª etapa

 
 

 Colombia                                                                               Colombia

 Colaborador : Paola Zúñiga Valcárcel


En Colombia el sistema de identificación es competencia de la Registraduría Nacional del Estado Civil (organizada en la Dirección Nacional de Registro Civil y la de Identificación), dependiente de la Organización Electoral. Entre sus funciones se encuentran: garantizar la inscripción de nacimientos, asignar el Número Único de Identificación Nacional (NUIP) y expedir y elaborar las cédulas de ciudadanía de los colombianos.

La inscripción de nacimiento es gratuita, y debe efectuarse dentro de los 30 días. Superado ese plazo, la inscripción es tardía y requiere de dos testigos mayores de edad, debidamente cedulados. Sin embargo, la ley es flexible, pues adicionalmente se puede utilizar la partida de bautismo u otro documento que “pruebe” la identidad.

La cédula de ciudadanía se expide contra la presentación del registro de nacimiento o tarjeta de identidad del solicitante que ha cumplido 18 años de edad. Aunque la emisión original de la cédula es gratuita, entre los costos asociados a su obtención debe incluirse el de las fotos y el que determina el tipo de sangre. La Registraduría se encuentra en un proceso de renovación de la cédula de identidad que entrará en vigencia a fines del 2009.

 Sitios Relacionados
Registraduría Nacional del Estado Civil

Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE-

 
Informe - Colombia - Marzo 2011
Informe - Colombia - Marzo 2011

 

Guatemala                                                                                   Guatemala

 Colaborador : Enrique Cossich


En Guatemala, El Registro Nacional de las Personas (RENAP) es la entidad encargada de organizar y mantener el registro único de identificación de las personas e inscribir los nacimientos. Además, tiene a su cargo la emisión del Documento Personal de Identificación.

La inscripción de nacimiento debe efectuarse dentro de los 60 días de ocurrido. Transcurrido dicho plazo, se debe pagar una multa y, en caso de que el niño sea mayor de 12 meses se debe tramitar la negativa de inscripción.

El Documento Personal de Identificación (DPI), que sustituye la antigua “Cédula de Vecindad” vigente hasta 2009, es obligatorio para todas las personas mayores de 18 años.

El trámite de reemplazo por el nuevo documento no tiene costo alguno. Ahora bien, aquellas personas que cumplan los 18 años y, por consiguiente, requieran el DPI por primera vez, deberán abonar una suma determinada en concepto de trámite.
Un rasgo característico es que a los habitantes se les designa un código único de identificación -CUI-que se mantiene invariable, como único referente de identificación.

 Sitios Relacionados

Registro Nacional de las Personas (RENAP)

Instituto Nacional de Estadística - INE

Informe - Guatemala - Marzo 2011
Informe parcial - Guatemala - Marzo 2011

Honduras                                                                                    Honduras

 Colaborador : Javier López Padilla

En Honduras la función de registro civil e identificación es ejercida por el Registro Nacional de las Personas (RNP). Dicho organismo realiza la reposición no judicial y gratuita de partidas de nacimiento en el caso de las inscripciones tardías (declaradas luego de 1 año del nacimiento), hasta los 5 años de edad.

Cumplidos los 18 años, y dentro de los tres meses posteriores, los hondureños están obligados a solicitar –en forma gratuita- la Tarjeta de Identidad. Pueden también solicitarla los mayores de 17 años para que al cumplir los 18 años puedan ejercer sus derechos de ciudadanos.

 Sitios Relacionados

Registro Nacional de las Personas (RNP)

Instituto Nacional de Estadística – INE-

Informe - Honduras - Marzo 2011
Informe - Honduras - Marzo 2011

 México                                                                                    México

 Colaborador : Gerardo Ballesteros

En México, la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal (RENAPO), dependiente de la Secretaría de Gobierno, es el organismo competente en la materia registral. Entre sus atribuciones se encuentran la inscripción de nacimientos (que se hace a través de los Registros Civiles Locales); asignar la Clave Única y expedir la Cédula de Identidad Ciudadana, así como el Documento de Identificación Personal a los mexicanos menores de 18 años. Como es un Estado Federal, cada estado mexicano establece los plazos y procedimientos para las inscripciones de nacimientos que se realicen pasados los 6 meses (inscripción oportuna). En líneas generales, se garantiza la inscripción tardía administrativa hasta los 18 años, pero no la gratuidad, debiéndose abonar el monto del trámite.

La Clave Única de Registro de Población (CURP) se asigna a todas las personas que viven en el territorio nacional. Es indispensable para declaraciones de impuestos, afiliación en los servicios de salud, solicitud de pasaportes, etc.

Los mexicanos mayores de 18 años radicados en territorio nacional, tienen la obligación de obtener su Cédula de Identidad Ciudadana, en el término de 6 meses a partir de cumplir esa edad. Su expedición es gratuita y se encuentra en proceso de implementación.

 Sitios Relacionados

Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal (RENAPO)

Instituto Nacional de Estadística y Geografía - INEGI-

Informe - México - Marzo 2011
Informe parcial - México - Marzo 2011

 Panamá                                                                              Costa Rica

 Colaborador : César Augusto Solano García

En Panamá, el Tribunal Electoral es el encargado de llevar adelante los procesos identificatorios. Existen dos Direcciones Nacionales abocadas a las tareas pertinentes al registro y cedulación: la de Registro Civil y la de Cedulación.

La inscripción de los nacimientos puede realizarse dentro de los 6 meses, en las oficinas provinciales del Registro Civil, en las oficinas distritales del Tribunal Electoral, en centros hospitalarios o ante los registradores auxiliares. Para el trámite de inscripción se requieren dos testigos mayores de edad, panameños y que no sean familia de la persona que se va a inscribir. Transcurridos 6 meses del nacimiento - con asistencia médica-, el Registro Civil ordena, de oficio, la inscripción con base en los datos registrados en el parte clínico correspondiente. Para el caso de nacimientos sin asistencia médica, el plazo para efectuar la inscripción es de 2 años.

En Panamá existen dos tipos de cédulas: La Cédula Juvenil, que debe tramitarse a los 12 años de edad, y la Cédula de Identidad, que debe ser tramitada por todos los panameños mayores de 18 años, los menores emancipados o habilitados de edad (con la que se puede votar). El trámite de la primera cédula de identidad es gratuito, no así sus respectivas renovaciones, ya sea por reposición o vencimiento de la misma.

 Sitios Relacionados

Dirección Nacional de Registro Civil

Dirección Nacional de Cedulación

Instituto Nacional de Estadística y Censo

Informe - Panamá - Marzo 2011
Informe - Panamá - Marzo 2011
 

 Paraguay                                                                            Paraguay

Colaborador: Nadia Villalba Ferreira

En Paraguay, la Dirección General del Registro del Estado Civil, dependiente del Ministerio de Justicia y Trabajo, tiene a su cargo las inscripciones de nacimiento, mientras que el órgano encargado de la emisión de la Cédula de Identidad es el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional.

Un problema que merece ser tenido en cuenta es, que un gran número de las oficinas del Registro del Estado Civil de Paraguay no tienen presupuesto: funcionan bajo un esquema supuestamente ad honorem. Este esquema favorece la corrupción de funcionarios y la falta de controles.

La declaración de nacimiento debe hacerse dentro de los 30 días en la Capital (Asunción) y 60 días en el interior. La inscripción tardía se realiza hasta los 15 años y en ambos casos es gratuita.

En cuanto a la Cédula de Identidad, si bien su trámite no es obligatorio, es indispensable para el ejercicio de derechos o el acceso a servicios sociales. El trámite de la primera cédula es gratuito, incluyendo la fotografía, y puede ser obtenida en cualquier punto del país, incluso distinto de aquél en el que se obtuvo el certificado de nacimiento.

 Sitios Relacionados

Dirección del Registro del Estado Civil (REC)

Dirección General de Estadística, Encuestas y Censo - DGEEC-

Informe - Paraguay - Marzo 2011
Informe - Paraguay - Marzo 2011
 

 República Dominicana                                                    República Dominicana

Colaborador : Vianela Díaz

En República Dominicana, la Junta Electoral Central es el organismo competente para el registro y documentación, y para ello se constituyó en su ámbito la Dirección Nacional de Registro del Estado Civil.

El plazo para la inscripción oportuna es hasta los 60 días en zona urbana y 90 días en zona rural. Desde ese momento, todas las inscripciones se consideran tardías hasta los 16 años, para lo que se cuenta con la Unidad de Declaraciones Tardías.

En el país existen dos tipos de cédulas: la Cédula de Menor de Edad, que es aquella que tramitan las personas de 16 años de edad y la Cedula de Identidad y Electoral, que es la que se tramita a partir de los 18 años y que habilita al ciudadano a ejercer el derecho al voto.

 Sitios Relacionados

Dirección Nacional de Registro del Estado Civil

Oficina Nacional de Estadística – ONE-

Informe - República Dominicana - Marzo 2011
Informe - República Dominicana - Marzo 2011
 

 Uruguay                                                                              Uruguay

 Colaborador : Laura Nahabetian Brunet

En Uruguay las inscripciones las realiza la Dirección General del Registro de Estado Civil, que depende del Ministerio de Educación y Cultura. En cambio, la Cédula de Identidad es otorgada por la Dirección Nacional de Identificación Civil (D.N.I.C.), dependiente del Ministerio del Interior.

La inscripción debe realizarse dentro de los 10 días hábiles contados desde el día siguiente al nacimiento, en el Registro Civil correspondiente y no tiene costo alguno. No se pudo determinar con exactitud el procedimiento en caso de niños no inscriptos en dicho plazo.

La Cédula de Identidad es obligatoria a partir de los 45 días de vida y fundamental para acreditar identidad a la hora de realizar todo tipo de trámites. Su vigencia varía según la edad al momento de su tramitación (de 0 a 5 años de edad: vence al cumplir 5 años; de 5 a 20 años de edad: 5 años; de 20 a 60 años de edad: 10 años; a partir de los 60 años: no caduca) y debe abonarse un valor para tramitarla.

 Sitios Relacionados

Dirección General del Registro de Estado Civil

Dirección Nacional de Identificación Civil (D.N.I.C.)

Instituto Nacional de Estadística - INE -

Informe - Uruguay - Marzo 2011
Informe - Uruguay - Marzo 2011
 

 Venezuela                                                                             Venezuela

 Colaborador : Gustavo Pérez Ara

En Venezuela, el Documento de Identidad es procesado por el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), adscrito al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia.

El plazo para inscribir oportunamente a una persona es de 20 días y debe efectuarse ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia o del Municipio. Cuando el niño es mayor de 9 años de edad, se debe presentar ante el Instituto Nacional del Menor, sus entes descentralizados o ante el Procurador de Menores, para exponer su situación, quien autoriza la inscripción.

La Cédula de Identidad es obligatoria desde el nacimiento. En caso de que la persona sea mayor de edad y no la tenga, debe acompañar el testimonio de 3 personas mayores de edad para poder efectuar el trámite.

 Sitios Relacionados

Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME)

Instituto Nacional de Estadística – INE -

Informe - Venezuela - Marzo 2011
Informe - Venezuela - Marzo 2011

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