Identidad y Derechos

Honduras - Militares y policías no pueden votar: TSE

13/07/2013

Redacción:  La decisión fue por unanimidad de votos. No se puede ir en contra de la Constitución, asegura el TSE.

TEGUCIGALPA, Honduras

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) denegó la solicitud del candidato presidencial del partido Alianza Patriótica Hondureña (Alianza), Romeo Vásquez Velásquez, que buscaba conceder a los militares y policías el derecho al sufragio.

Por unanimidad de votos, el ente colegiado rechazó la petición del exjefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas por ser contraria a los principios establecidos en la Constitución de la República, que prohíbe a militares elegir y ser electos.

“El Tribunal se ha pronunciado en estricto apego a la Constitución de la República de Honduras y se ha denegado la solicitud del partido Alianza Patriótica en vista de que la Constitución es clara en que los ciudadanos que pertenezcan a las Fuerzas Armadas y demás cuerpos de seguridad del Estado no podrán ejercer el sufragio”, dijo el secretario general del TSE, Alejandro Martínez.

“La Constitución es la ley fundamental de la nación, nosotros como Tribunal no somos un ente facultado en la ley para reformar la Constitución de la República ni para pronunciarnos sobre cosas contrarias que están estipuladas en la Constitución”, añadió el funcionario.

Para que el ente colegiado le diera la razón a la petición de Vásquez Velásquez tenía que producirse primero una reforma a la Constitución de la República y eso no ha ocurrido.

“Una reforma Constitucional tiene que hacerla el Congreso Nacional y ratificarla en una próxima legislatura. Si ellos consideran que su camino es la Corte Suprema de Justicia, pues pueden presentar cualquier recurso que estimen conveniente”, dijo Martínez.

El funcionario aseguró que el fallo “es estrictamente jurídico”, en virtud de que “no podemos nosotros contraponer una disposición que está claramente establecida en la Constitución de la República”.

El TSE basó parte del fallo en el artículo 272 de la Constitución que precisa. “Las Fuerzas Armadas de Honduras, son una institución nacional de carácter permanente, esencialmente profesional, apolítica, obediente y no deliberante”.La Carta Magna, en este mismo artículo, le da una función electoral específica al TSE que dice: “A efecto de garantizar el libre ejercicio del sufragio, la custodia, transporte y vigilancia de los materiales electorales y demás aspectos de la seguridad del proceso, el presidente de la República pondrá a las Fuerzas Armadas a disposición del Tribunal Supremo Electoral desde un mes antes de las elecciones, hasta la declaratoria de las mismas”.El TSE notificará el lunes por la tarde al partido Alianza la resolución que ha tomado. El partido en referencia seguramente recurrirá en amparo ante la Corte Suprema de Justicia buscando el mismo trato que la Sala de lo Constitucional le dispensó al nacionalista Ricardo Álvarez, cuya petición para ser designado presidencial le fue denegada por el TSE, pero la Corte le dio la razón.

Álvarez basó su petición en que los tratados internacionales están por encima de la Constitución hondureña.

Preguntado el secretario general del TSE si fueron tomados los tratados para resolver el caso de Vásquez Velásquez, apuntó: “El lunes por la tarde vamos a darle a los medios de comunicación la resolución oficial. Hoy se hizo un análisis claro del expediente, lo que ellos solicitaron, de los argumentos de nuestros consultores legales y se tomó la decisión de rechazarlo”.

“Los argumentos fuertes”, añadió, “van a estar en la resolución, pero el principal es que nosotros no podemos dictar una resolución en contra de la Constitución de la República”.

En un principio se había anunciado que comparecería ante los medios el presidente del TSE, David Matamoros, pero a última hora optó por designar al secretario general para que hiciera el anuncio.

Fuente: http://www.elheraldo.hn/Secciones-Principales/Pais/Militares-y-policias-no-pueden-votar-TSE